ESTRUCTURAS CORPORATIVAS EN GRECIA

Sociedad Anónima (en griego: A.E.)

La sociedad anónima requiere la presencia de al menos dos accionistas.

Los fundadores de la sociedad anónima pueden ser personas físicas o personas jurídicas.

En general, desde el 01/01/2002, se requiere un capital mínimo de EUR 60.000 para constituir una S.A.

Características fundamentales de la Sociedad Anónima (A.E.) en Grecia:

  • El capital debe estar denominado en unidades iguales, las cuales forman las acciones
  • Requisitos estrictos en materia de publicación durante la constitución y la vida de la empresa
  • Larga duración (por regla general 50+ años)
  • Responsabilidad limitada de los socios/accionistas
  • Decisiones mayoritarias
  • Existencia de dos órganos ejecutivos (asamblea general, consejo de supervisión)
  • La constitución de la S.A. (sociedad anónima) debe establecerse por escrito ante notario (con la representación de abogados) y según el caso requiere la obtención de permisos oficiales.

Sociedad a responsabilidad limitada (en griego: E.P.E.)

A partir del 01/01/2002, se requiere un capital mínimo de EUR 4.500 para constituir una E.P.E.

Características fundamentales de la sociedad a responsabilidad limitada en Grecia:

  • Capital necesario para la constitución moderado, inclusión de contribuciones en especie
  • Capital denominado en "intereses" o "participaciones" que consiste en acciones cuyo valor es al menos un múltiple de EUR 30 por acción
  • Requisitos específicos en materia de publicación durante la constitución y la vida de la empresa
  • Responsabilidad limitada de los accionistas
  • Decisiones aprobadas por una mayoría superior al 50% de los accionistas que representan más de la mitad del capital social total
  • Existencia de dos órganos ejecutivos (asamblea general, directores)
  • La constitución de la E.P.E. (sociedad a responsabilidad limitada) debe establecerse por escrito ante notario (con la representación de abogados).

Sociedad comanditaria (en griego: E.E.)

La sociedad comanditaria requiere la unión de al menos dos partes o, según la legislación, que dos partes se comprometan de manera solidaria e indivisible a perseguir un objetivo común.

Los miembros fundadores de la sociedad comanditaria pueden ser personas físicas o personas jurídicas.

Características fundamentales de la sociedad comanditaria (E.E.) en Grecia:

  • No se establecen requisitos obligatorios sobre el capital (mínimo)
  • Distinción entre socios colectivos y comanditarios
  • Los socios colectivos responden de manera indivisible y solidaria a las deudas sociales, mientras que los socios comanditarios responden únicamente por las aportaciones realizadas.
  • La sociedad comanditaria (E.E.) puede constituirse sin notario/representación obligatoria por abogados sobre la base de un acuerdo de Derecho Civil.


Sociedad colectiva (en griego: O.E.)

La sociedad colectiva requiere la unión de al menos dos partes o, según la legislación, que dos partes se comprometan de manera solidaria e indivisible a perseguir un objetivo común. Los miembros fundadores de la sociedad colectiva pueden ser personas físicas o personas jurídicas.

Características fundamentales de la sociedad colectiva (O.E.) en Grecia:

  • No se establecen requisitos obligatorios sobre el capital (mínimo)
  • Todos los socios en una sociedad colectiva responden de manera indivisible y solidaria a las deudas sociales con todo su patrimonio
  • La responsabilidad de los socios por las deudas sociales que puedan surgir no cesa con la disolución de la empresa
  • La sociedad colectiva (O.E.) puede constituirse sin notario/representación obligatoria por abogados sobre la base de un acuerdo de Derecho Civil.

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